Un fallo judicial marcó un precedente en la justicia laboral tucumana al ordenar un embargo en un geriátrico sin descuidar los derechos de los adultos mayores residentes. La resolución destacó la obligación de proteger simultáneamente los derechos de las trabajadoras despedidas y de los ancianos, mostrando la importancia del respeto a la dignidad humana en casos complejos.
En un juicio por indemnizaciones laborales, el magistrado Guillermo Kutter, a cargo del Juzgado del Trabajo de la IIIª Nominación del Centro Judicial Capital, emitió una resolución que trasciende lo estrictamente jurídico. Ante la necesidad de ejecutar un embargo y secuestro de bienes en un hogar de ancianos, el juez resolvió la medida introduciendo recaudos especiales para garantizar que los adultos mayores que residían en el lugar no vieran vulnerados sus derechos fundamentales. La decisión buscó equilibrar el derecho de las trabajadoras a cobrar sus créditos laborales con la protección de personas ajenas al proceso.
El fallo, dictado tras el fracaso de intentos previos de ejecución, reconoce el carácter alimentario de los créditos laborales de las demandantes y la tutela constitucional preferente que les asiste. Sin embargo, Kutter enfatizó que esa protección no puede hacerse a costa de vulnerar los derechos de los adultos mayores residentes, quienes gozan también de amparo constitucional y convencional. Se trataba, en sus palabras, de un caso de “concurrencia de derechos de igual jerarquía”, lo que obligaba a una interpretación más amplia y sensible al contexto social.
El juez resolvió que la medida debía ejecutarse bajo condiciones estrictas: dar intervención a la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia, garantizar la dignidad de los residentes, asegurar la continuidad de los servicios esenciales del geriátrico y minimizar al máximo el tiempo de duración del embargo. Con estas pautas, la sentencia introdujo una mirada protectora hacia un sector particularmente vulnerable, estableciendo un estándar de actuación en situaciones similares.
En su resolución, Kutter apeló a la doctrina y la jurisprudencia para sostener que se encontraba frente a un “caso difícil”, donde entraban en tensión dos o más derechos fundamentales. Allí, el magistrado adoptó la figura del “juez intérprete”, que no se limita a aplicar mecánicamente la norma escrita, sino que “la adapta a las circunstancias concretas del caso, integrando historia, contexto y principios constitucionales”. Para el magistrado, este enfoque era imprescindible para llegar a una “norma del caso” que diera respuesta justa y equilibrada.
El fallo también subrayó que las decisiones judiciales deben estar imbuidas de un profundo sentido social. Kutter recordó que el Estado de Derecho se sostiene sobre el respeto irrestricto a la dignidad humana, principio que debe guiar toda resolución. De esta manera, la sentencia se inscribe en una línea jurisprudencial que coloca a la persona en el centro del derecho, reafirmando que ni la urgencia económica ni las dificultades procesales pueden justificar la vulneración de derechos esenciales.
La resolución de Kutter deja en claro que los jueces no solo aplican normas, sino que interpretan realidades complejas en un marco social vivo. En este caso, la justicia laboral no se redujo a resolver una deuda económica, sino que se amplió a la obligación de resguardar a quienes nada tenían que ver con el litigio, pero podían verse afectados por la medida. En ese equilibrio radica la trascendencia de este fallo, que marca un camino en la protección de los mayores de edad.